Ley de corredores inmobiliarios en la provincia de buenos aires

11/12/2025

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El mercado inmobiliario en la Provincia de Buenos Aires se rige por una legislación específica que regula la actividad de los corredores y martilleros públicos. Esta tutorial proporciona una visión completa de la Ley 10973 y sus modificaciones, incluyendo la Ley 14085, para que tanto profesionales como particulares comprendan sus derechos y obligaciones.

Índice

Requisitos para ejercer la profesión de Martillero y Corredor Público en Buenos Aires

La Ley 10973, modificada por la Ley 14085, establece los requisitos para ejercer la profesión de Martillero y Corredor Público en la Provincia de Buenos Aires. Estos son:

  • Título Universitario: Poseer un título universitario de Martillero y Corredor Público, expedido por universidades nacionales o provinciales, de gestión estatal o privada, o revalidado en Argentina.
  • Inscripción en el Colegio Departamental: Estar inscripto en uno de los Colegios Departamentales donde se tiene denunciado el domicilio legal.
  • Acreditación de identidad: Acreditar la identidad personal.
  • Buena conducta: Acreditar buena conducta mediante la certificación de antecedentes penales y de reincidencia.
  • Domicilio legal: Denunciar domicilio real y permanente, y constituir domicilio legal en la jurisdicción departamental del Colegio donde se pretende inscribirse.

La inscripción en un Colegio Departamental habilita para el ejercicio de la profesión en toda la provincia.

Inhabilidades e Incompatibilidades

La ley establece ciertas inhabilidades e incompatibilidades para ejercer la profesión. Algunas de las causales de inhabilitación son:

  • Condenas con accesorias de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
  • Condenas por delitos como hurto, robo, extorsión, estafa, usura, cohecho, malversación de caudales públicos y delitos contra la fe pública.
  • Fallidos mientras dure su inhabilitación.
  • Excluidos temporal o definitivamente por sanción disciplinaria.

Obligaciones de los Martilleros y Corredores Públicos

Los profesionales tienen varias obligaciones, entre ellas:

  • Llevar libros contables: Llevar los libros que dispone la legislación vigente, asentando las operaciones realizadas.
  • Comprobar identidad y capacidad legal: Comprobar la identidad y capacidad legal de las partes involucradas en las operaciones.
  • Recabar certificaciones registrales: Recabar certificaciones registrales para la compraventa de bienes inmuebles (Registro de la Propiedad), fondos de comercio o bienes muebles (Registro Público de Comercio), y automotores (Registro de la Propiedad Automotor).
  • Convenios escritos: Convenir por escrito con los mandantes los honorarios, gastos y condiciones de venta.
  • Secreto profesional: Guardar secreto profesional en las operaciones encomendadas.
  • Pago de cuotas: Pagar las cuotas anuales al Colegio Departamental.
  • Aportes previsionales: Abonar las obligaciones previsionales establecidas por ley.

Prohibiciones para los Martilleros y Corredores Públicos

Existen prohibiciones específicas para evitar conflictos de interés y prácticas deshonestas:

  • Descuentos en honorarios: No pueden practicar descuentos, bonificaciones o reducciones de sus honorarios.
  • Participación en el precio: No pueden tener participación en el precio de la operación.
  • Ceder o alquilar la bandera: No pueden ceder, alquilar o facilitar su bandera, ni delegar remates a personas no colegiadas.
  • Comprar bienes encomendados: No pueden comprar para sí o para familiares los bienes cuya venta les haya sido encargada.
  • Retención indebida de fondos: No pueden retener indebidamente fondos o efectos pertenecientes a sus comitentes.

Aranceles y Honorarios

La Ley 14085 establece una escala arancelaria para los honorarios de martilleros y corredores, con porcentajes variables según el tipo de bien o operación. Estos aranceles son de observancia obligatoria, tanto en sus mínimos como en sus máximos.

Tabla comparativa de Aranceles (Ejemplos):

Tipo de Operación Martillero Público (%) Corredor (%)
Venta de Inmuebles 1,5% - 3% (c/parte) 1,5% - 3% (c/parte)
Venta de Rodados 5% - 10% (comprador) 3% - 6% (comprador)
Venta de Fondo de Comercio (en block) 2,5% - 5% (c/parte) 2,5% - 5% (c/parte)

Nota: Esta tabla muestra ejemplos y no incluye todos los tipos de operaciones. Es crucial consultar la Ley 14085 para obtener información precisa sobre aranceles.

Sanciones Disciplinarias

El incumplimiento de las obligaciones o la violación de las prohibiciones establecidas en la ley puede acarrear sanciones disciplinarias, aplicadas por el Tribunal de Disciplina del Colegio correspondiente. Estas sanciones pueden incluir:

  • Amonestación escrita.
  • Multas.
  • Suspensión en el ejercicio de la profesión.
  • Cancelación de la inscripción en el Registro de Matrícula.

Consultas Habituales

A continuación, se responden algunas de las consultas habituales sobre la ley de corredores inmobiliarios en la Provincia de Buenos Aires :

¿Es obligatorio estar colegiado para ejercer como corredor inmobiliario en Buenos Aires?

Sí, es absolutamente necesario estar inscripto en el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos correspondiente para ejercer legalmente la profesión en la Provincia de Buenos Aires.

¿Qué pasa si un corredor inmobiliario no cumple con las obligaciones de la ley?

El incumplimiento de las obligaciones puede derivar en sanciones disciplinarias, que van desde amonestaciones hasta la cancelación de la matrícula.

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¿Cómo puedo consultar el arancel para una operación inmobiliaria específica?

La Ley 14085 establece una escala arancelaria. Se recomienda consultar el texto completo de la ley o comunicarse con el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos correspondiente.

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¿Dónde puedo encontrar más información sobre la Ley de Corredores Inmobiliarios en la Provincia de Buenos Aires?

Se puede acceder a la legislación completa a través de los sitios web oficiales de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires y los Colegios de Martilleros y Corredores Públicos.

Esta información tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Para obtener asesoramiento legal específico, se recomienda consultar con un profesional del derecho.

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