30/10/2010
El Decreto N° 495/984 de Uruguay regula la profesión de Rematador o Martillero, estableciendo los requisitos, facultades, obligaciones y sanciones correspondientes. Esta tutorial profundiza en la normativa para aquellos interesados en ejercer esta actividad en el país. La Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores Inmobiliarios juega un papel fundamental en la regulación y el funcionamiento del sector.
- Requisitos para la Inscripción en la Matrícula de Rematadores
- Facultades del Rematador
- Derechos y Obligaciones de los Rematadores
- Libros de Contabilidad
- Sociedades de Remate
- Incompatibilidades y Prohibiciones
- Sanciones
- Registro Nacional de Rematadores
- Tabla Comparativa: Requisitos para Rematadores (Resumen)
Requisitos para la Inscripción en la Matrícula de Rematadores
Para ejercer como Rematador en Uruguay, es obligatorio inscribirse en la Matrícula de Rematadores, gestionada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Los requisitos son:
- Ser mayor de edad: Mayor de 18 años, emancipado o habilitado.
- Pleno goce de derechos civiles: Sin limitaciones en sus derechos civiles.
- Facultades mentales y sentidos: Capacidad mental y sensorial plena.
- Ciudadanía uruguaya: Nacionalidad uruguaya, natural o legal.
- Título habilitante: Aprobar el Curso oficial de Rematador o Martillero dictado por la Universidad del Trabajo del Uruguay (UTU).
- Buena conducta: Certificado de buena conducta expedido por la Jefatura de Policía del departamento de residencia.
Los rematadores matriculados antes del 28 de enero de 1984 mantienen su habilitación.
Facultades del Rematador
Los Rematadores tienen la facultad exclusiva de realizar ventas en remate público de cualquier tipo de bien. Además, pueden:
- Tasar bienes: Determinar el valor de cualquier tipo de bien.
- Recabar información: Obtener informes y certificados de oficinas públicas, estatales, paraestatales y bancos.
- Requerir auxilio de la Fuerza Pública: Asegurar la normalidad del remate.
- Suspender o diferir remates: Si las pujas no alcanzan el precio base o un precio considerado competente por el rematador.
- Desempeñar otras funciones: Actuar como Balanceador, Depositario Judicial y Consignatario.
Derechos y Obligaciones de los Rematadores
Derechos
Los Rematadores tienen derecho a cobrar comisiones:
- Del vendedor o comitente: Según lo convenido.
- Del comprador: Según lo publicado previamente.
También tienen derecho al reintegro de gastos, excepto en casos específicos. En caso de suspensión o anulación del remate, las comisiones se ajustan según las circunstancias y la responsabilidad del rematador.

Obligaciones
Las obligaciones de los Rematadores incluyen:
- Publicidad adecuada: Anunciar los remates con suficiente antelación a través de distintos medios.
- Información precisa: Incluir datos relevantes en la propaganda, como nombre, domicilio, matrícula, fecha, hora, lugar, descripción de los bienes y condiciones del remate.
- Realización personal del remate: El rematador debe estar presente, explicando las condiciones en idioma español. Solo se permite la delegación en caso de enfermedad o impedimento grave.
- Recabar la seña: En el acto del remate, exigir una seña (mínimo 20% del precio).
- Dar cuenta al comitente: Informar por escrito al comitente sobre la venta dentro de los ocho días hábiles siguientes.
Libros de Contabilidad
Los Rematadores deben llevar los siguientes libros con las formalidades del Código de Comercio y conservarlos durante cinco años:
- Libro de Entradas: Registro de bienes consignados para la venta.
- Libro de Remates y Comisiones: Registro de remates, montos, comisiones y gastos.
Sociedades de Remate
La actividad es esencialmente personal, pero se permiten sociedades de carácter personal cuyo único objeto sea la realización de remates y actividades afines. Estas sociedades deben realizar los remates a través de sus martilleros matriculados.
Incompatibilidades y Prohibiciones
Existen incompatibilidades y prohibiciones para los rematadores, entre ellas:
- No comprar los bienes que rematan: Ni adjudicarlos a familiares, socios o empleados.
- No usar términos engañosos: Evitar el uso de términos como "Judicial", "Extrajudicial", etc., si no corresponde.
- No disponer de las señas o garantías: Mantener la integridad de los fondos.
- No vender a crédito sin autorización: Requerir autorización escrita del comitente.
- No bajar el martillo sin pregonar: Anunciar claramente la última oferta.
Sanciones
Las infracciones a la normativa pueden acarrear sanciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, incluyendo multas, suspensión de la actividad e incluso cancelación de la matrícula. La Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores Inmobiliarios puede colaborar en la aplicación de estas sanciones.
Registro Nacional de Rematadores
Para actuar en remates estatales, es necesaria la inscripción en el Registro Nacional de Rematadores, administrado por una comisión que incluye representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Suprema Corte de Justicia y la Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores Inmobiliarios. La designación de rematadores para remates estatales se realiza mediante sorteo público.
Inscripción en el Registro Nacional
La inscripción requiere:
- Constancia de inscripción en la matrícula del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Cédula de Identidad.
- Credencial Cívica.
- Comprobantes de estar al día con los pagos de impuestos y aportes.
- Certificado de buena conducta.
- Acreditación de un mínimo de diez remates en los tres años anteriores.
Para rematadores egresados de la UTU, se exigen requisitos similares, con excepciones en la primera inscripción.
Tabla Comparativa: Requisitos para Rematadores (Resumen)
| Requisito | Descripción |
|---|---|
| Mayoría de edad | Mayor de 18 años, emancipado o habilitado |
| Ciudadanía | Uruguaya (natural o legal) |
| Título | Curso oficial de Rematador (UTU) |
| Buena conducta | Certificado policial |
| Inscripción | Matrícula del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social |
| Registro Nacional | Obligatorio para remates estatales |
Esta información es un resumen del Decreto N° 495/98Se recomienda consultar el texto legal completo para detalles específicos y actualizaciones.
La Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores Inmobiliarios es una fuente valiosa de información adicional sobre la profesión y sus requisitos.
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