13/06/2016
La gestión eficiente del Impuesto sobre Sociedades (IS) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) requiere una comprensión profunda de conceptos como la base imponible y, en particular, la posibilidad de compensar bases imponibles negativas o pérdidas de años anteriores. Este artículo analiza en detalle la compensación de bases imponibles negativas en el IS y las pérdidas patrimoniales en el IRPF, proporcionando información crucial para optimizar la declaración de impuestos y minimizar la carga fiscal.
Compensación de Bases Imponibles Negativas en el Impuesto sobre Sociedades (IS)
¿Qué son las bases imponibles negativas?
Una base imponible negativa en el IS surge cuando una sociedad o entidad obtiene un resultado económico negativo en un ejercicio fiscal determinado. Esto significa que sus gastos superan sus ingresos, generando una pérdida contable. Estas pérdidas pueden compensarse con beneficios futuros, representando un incentivo fiscal importante.
¿Qué Ley regula la compensación?
La Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), concretamente su artículo 26 y la disposición adicional decimoquinta, regula la compensación de bases imponibles negativas. La jurisprudencia, como la sentencia 1404/2020 del Tribunal Supremo, refuerza el derecho del contribuyente a compensar pérdidas, incluso en declaraciones presentadas fuera de plazo.
Límites en la Compensación
Si bien la compensación es un derecho, existen límites:
- Límite de la renta positiva: La cantidad compensable no puede exceder el beneficio obtenido en el periodo de compensación.
- Límite global: Existe un límite máximo de 1 millón de euros.
- Porcentaje sobre la base imponible positiva: Para bases negativas superiores a 1 millón de euros, el límite es del 70% de la base imponible positiva antes de la reserva de capitalización (excepto para entidades de nueva creación en sus tres primeros ejercicios con base imponible positiva y en casos de extinción, salvo reestructuraciones).
- Límites según la cifra de negocio: Se aplican límites del 50% si la cifra de negocio está entre 20 y 60 millones de euros, y del 25% si supera los 60 millones de euros.
La siguiente tabla resume estos límites:
| SUPUESTO | LÍMITE SOBRE LA BASE IMPONIBLE PREVIA | LÍMITE GLOBAL A COMPENSAR |
|---|---|---|
| Cifra de negocio inferior a 20 millones € | 70% | 1 millón € |
| Cifra de negocio entre 20 y 60 millones de € | 50% | 1 millón € |
| Cifra de negocio superior a 60 millones de € | 25% | 1 millón € |
| Empresas de nueva creación | - | 1 millón € |
| Sociedades que se han extinguido | - | - |
Plazo para la Compensación
No existe un plazo específico. La compensación se realiza en ejercicios posteriores con base imponible positiva, debiendo el contribuyente declararla expresamente. La Administración Tributaria dispone de 10 años desde el fin del plazo de presentación de la declaración para iniciar una comprobación.
Supuestos de No Compensación
Existen excepciones a la compensación:
- Adquisición mayoritaria del capital social tras el periodo de la base imponible negativa.
- Adquisición por accionistas con participación previa inferior al 25%.
- Inactividad económica en los tres meses anteriores a la adquisición.
- Cambio significativo de actividad en los dos años posteriores a la adquisición.
- Entidad patrimonial según el artículo 2 de la LIS.
- Baja en el índice de entidades por no presentar declaraciones del IS en tres periodos consecutivos.
Ejemplo de Compensación
Una empresa con una base imponible negativa de 12000€ en 2021, compensa en 2022 (base imponible positiva previa de 90.000€) y 2023 (base imponible positiva previa de 12000€).
Compensación de Pérdidas Patrimoniales en el IRPF
¿Qué son las ganancias y pérdidas patrimoniales?
Las ganancias y pérdidas patrimoniales en el IRPF son variaciones en el patrimonio del contribuyente derivadas de transmisiones patrimoniales (ventas, donaciones, etc.), excluyendo algunas exenciones (divorcios, indemnizaciones por daños personales, premios, etc.).
Cálculo de Ganancias y Pérdidas
Se calcula restando el precio de adquisición del precio de transmisión. Existen reglas específicas según el activo (acciones, vivienda, etc.). La regla de los dos meses impide compensar pérdidas si se vuelve a adquirir el mismo activo en ese plazo.
Compensación de Pérdidas y Ganancias
Se pueden compensar pérdidas con ganancias, tanto dentro de cada tipo de inversión (acciones con acciones) como entre diferentes tipos (acciones con depósitos), con un límite del 25% entre rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales. El resultado es la base imponible del ahorro, sobre la que se aplican los tramos impositivos.

Plazo para la Compensación
Las pérdidas patrimoniales se pueden compensar durante los cuatro años siguientes al ejercicio en que se produjeron. Si no se compensan en este plazo, se pierden.
Consultas Habituales
A continuación, se responden algunas consultas habituales sobre la base imponible y la compensación de pérdidas:
- ¿Cómo se calcula la base imponible en una factura? Se calcula sumando el precio de los bienes o servicios, los gastos adicionales y restando los descuentos, excluyendo siempre los impuestos.
- ¿Puedo compensar pérdidas de un inmueble vendido en años anteriores? Sí, en el IRPF se pueden compensar pérdidas patrimoniales de inmuebles durante los cuatro años siguientes. En el caso del IS, depende de la naturaleza de la actividad del contribuyente.
- ¿Existen límites para la compensación de pérdidas en el IRPF? Sí, existe un límite del 25% para la compensación entre rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales. Además, no se pueden compensar pérdidas si se vuelve a adquirir el mismo activo en menos de dos meses.
Nota: Esta información tiene fines educativos y no constituye asesoramiento fiscal. Se recomienda consultar con un profesional para un análisis personalizado de tu situación.
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